La Unión Temporal de Proveedores (UTP) es la forma legal en que dos o más pymes se juntan para presentar una sola oferta al Estado, sin crear una sociedad. Desde el 12 de diciembre de 2024, solo pueden formarla empresas de menor tamaño. Se arma para un proceso de compra específico, y sus integrantes responden de forma solidaria por todo el contrato. Está regulada en los artículos 51 al 55 de la Ley 19.886 y en los artículos 180 al 184 del Decreto 661, que es el reglamento de compras públicas.
Sirve para un caso muy concreto: encontraste una licitación de tu rubro, pero te queda grande. Te falta experiencia, cobertura o capacidad para cumplir todo lo que piden las bases. En vez de dejarla pasar, puedes postular junto con otra empresa que complemente lo que te falta.
Si todavía estás evaluando si te conviene licitar, revisa primero compra ágil vs licitación: cuándo dar el salto.
Qué es una Unión Temporal de Proveedores
La ley la define como un conjunto de empresas de menor tamaño, personas naturales o jurídicas, que se unen para presentar una oferta. En la práctica, tiene cuatro características:
- No es una sociedad. Cada empresa mantiene su RUT, su contabilidad y su giro. No hay que constituir una empresa nueva.
- Es para un proceso específico. La UTP se forma para una licitación, un convenio marco o una contratación directa en particular. Para el siguiente proceso hay que armar un acuerdo nuevo.
- Dura lo que dure el contrato. Su vigencia no puede ser menor que la del contrato adjudicado, incluidas las renovaciones y prórrogas.
- Ofertan como uno solo. La UTP presenta una sola oferta, a través de un representante común.
Quién puede formar una UTP
Solo empresas de menor tamaño. La Ley 20.416 las define según sus ingresos anuales del último año calendario:
- Microempresa: hasta 2.400 UF.
- Pequeña empresa: más de 2.400 y hasta 25.000 UF.
- Mediana empresa: más de 25.000 y hasta 100.000 UF.
Si en la unión hay aunque sea una empresa que no es de menor tamaño, la oferta se declara inadmisible. La única excepción son los contratos para la innovación y los diálogos competitivos de innovación, donde la UTP se puede formar sin límite de tamaño.
La ley permite que los integrantes sean personas naturales. Si vendes como persona natural, revisa qué necesitas para participar en Mercado Público como persona natural.
Cuándo te conviene asociarte
La UTP sirve para sumar lo que a cada uno le falta por separado. Los casos más típicos:
- Experiencia: las bases piden haber ejecutado contratos similares y tú todavía no los tienes, pero tu socio sí.
- Cobertura: la licitación es para varias regiones y tú solo llegas a una.
- Productos o servicios complementarios: el organismo compra un paquete (por ejemplo, equipos más instalación y mantención) y cada empresa aporta una parte.
- Volumen o capacidad: el contrato es más grande que lo que tu empresa puede producir o financiar sola.
En un taller de septiembre de 2026, ChileCompra lo resumió así: la UTP permite complementar experiencia, antecedentes, cobertura y capacidades para cumplir requisitos que serían difíciles de alcanzar de manera individual.
¿Dónde encuentras un socio? Muchas veces está entre las empresas que hoy compiten contigo, pero en otra región o con otra especialidad. La información de quién se adjudica qué es pública. Te explicamos cómo revisarla en quién gana las licitaciones de tu rubro.
Requisitos para formar una UTP
Antes de ofertar, la unión tiene que cumplir con todo esto:
- Un acuerdo por escrito. Por regla general, el acuerdo se hace por escritura pública. Si la compra es por menos de 1.000 UTM, basta con un instrumento público o privado.
- Responsabilidad solidaria. El acuerdo tiene que decir que los integrantes responden solidariamente por todas las obligaciones con el organismo comprador.
- Un representante o apoderado común, con poderes suficientes para representar a todos.
- Todos hábiles en el Registro de Proveedores. No basta con que lo esté el representante: cada integrante tiene que estar inscrito y hábil. Si alguno no lo está, revisa cómo inscribirse en ChileProveedores.
- Exclusividad. En un mismo proceso, no puedes ofertar solo y también como parte de una UTP, ni estar en dos uniones distintas.
Ojo con los plazos. Una licitación LE tiene un plazo mínimo de 10 días corridos de publicación (que puede reducirse a 5), y una LP, 20 días (que puede reducirse a 10). En ese tiempo tienes que encontrar socio, ponerse de acuerdo, firmar la escritura y armar la oferta. Si te enteras de la licitación tarde, no alcanzas.
Cómo postular como UTP
- El representante presenta la oferta y, al ofertar, adjunta el documento que acredita el acuerdo.
- La declaración jurada la firma el representante por todos. Desde enero de 2022, Mercado Público permite que el apoderado de la UTP firme la declaración jurada de requisitos para ofertar en nombre del resto de las empresas.
- La unión decide qué antecedentes presenta de cada integrante para la evaluación (experiencia, certificados, equipo), siempre que no oculte información relevante sobre alguno de ellos.
- Lee las bases con lupa. Algunas licitaciones piden requisitos específicos para las UTP, por ejemplo cómo se suma la capacidad económica o cómo se entrega una garantía. Te explicamos cómo leerlas en cómo leer las bases de una licitación, y las garantías en garantías en licitaciones: cuáles te piden.
La UTP no solo sirve para licitaciones. La ley también permite usarla en un convenio marco y para firmar un contrato en una contratación directa.
Qué pasa si uno de los socios queda inhábil
Las inhabilidades afectan a cada integrante por separado. La ley distingue dos momentos:
- Antes de adjudicar: la unión decide si sigue en el proceso sin ese integrante o si se retira.
- Durante el contrato: el integrante inhábil puede ser reemplazado por otro que cumpla los requisitos de las bases y que no tenga atributos inferiores a los que tenía el anterior. Para eso, el organismo tiene que autorizarlo antes, el contrato tiene que llevar al menos un 20% ejecutado y debe quedar al menos una de las empresas originales. El organismo tiene 15 días hábiles para aprobar o rechazar el cambio, que se formaliza en un acto administrativo.
Los riesgos que tienes que mirar antes de firmar
La UTP te abre licitaciones que solo no podrías ganar, pero también te ata a otra empresa durante todo el contrato. Antes de firmar, revisa esto:
- Respondes por tu socio. La solidaridad significa que, si tu socio no cumple, el organismo puede exigirte a ti el cumplimiento completo. Asóciate solo con alguien en quien confíes y cuya operación conozcas.
- La ley no dice cómo se reparten el trabajo ni la plata. Eso lo definen ustedes. Dejen por escrito qué hace cada uno, quién factura, cómo y cuándo se reparten los pagos, quién paga una multa si el atraso fue de uno solo y qué pasa si alguien quiere salirse. Para la facturación y la parte tributaria, consulten con su contador.
- Sumar capacidades no es repartirse el mercado. La UTP sirve para que pymes que no llegan solas puedan competir. Usarla para coordinar precios o repartirse licitaciones entre competidores es colusión, y está prohibido por la ley de libre competencia.
Cómo LicitaBien te ayuda
Para armar una UTP lo que más te falta es tiempo: encontrar socio, ponerse de acuerdo y firmar el acuerdo antes de que cierre la licitación.
LicitaBien te avisa de las licitaciones de tu rubro apenas se publican, para que tengas días de margen y no te enteres al final. También te ayuda a seguir cada postulación hasta la adjudicación. Puedes probarlo gratis, sin tarjeta.
LicitaBien no postula por ti ni garantiza que ganes: eso depende de tu oferta. Y si prefieres que un equipo con experiencia te acompañe a armar la postulación, existe LicitaXMi.
Si quieres el panorama completo, revisa nuestra guía de cómo vender al Estado en Chile.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una UTP en Mercado Público?
Es una Unión Temporal de Proveedores: dos o más empresas de menor tamaño que se unen para presentar una sola oferta en un proceso de compra específico, sin crear una sociedad. Está regulada en los artículos 51 al 55 de la Ley 19.886.
¿Una empresa grande puede formar parte de una UTP?
No. Desde el 12 de diciembre de 2024, solo pueden integrarla empresas de menor tamaño, es decir, con ingresos anuales de hasta 100.000 UF. Si una de las empresas es grande, la oferta es inadmisible. La excepción son los contratos para la innovación y los diálogos competitivos.
¿Necesito escritura pública para formar una UTP?
Sí, por regla general. Si la compra es por menos de 1.000 UTM, el acuerdo puede hacerse por instrumento público o privado. En ambos casos, el representante adjunta el documento al momento de ofertar.
¿Puedo ofertar solo y también en una UTP en la misma licitación?
No. En un mismo proceso no puedes ofertar de forma individual y además como parte de una UTP, ni participar en dos uniones distintas.
¿Todos los integrantes de la UTP deben estar inscritos en el Registro de Proveedores?
Sí. Cada integrante tiene que estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores. Las inhabilidades se revisan por separado para cada empresa.
¿Qué pasa si mi socio no cumple el contrato?
Como la responsabilidad es solidaria, el organismo comprador puede exigirle el cumplimiento completo a cualquiera de los integrantes. Por eso conviene dejar por escrito, entre los socios, qué hace cada uno y qué pasa si uno falla.
¿Cuánto dura una Unión Temporal de Proveedores?
Lo que dure el contrato que se adjudica, incluidas sus renovaciones o prórrogas. No puede durar menos. Y se forma para un solo proceso: para otra licitación se necesita un acuerdo nuevo.
